En medio de los recientes cambios en las reglas para el registro de líneas telefónicas, han comenzado a circular en redes sociales diversas denuncias sobre la supuesta venta de chips “ya registrados”. Aunque esta práctica no existe de manera legal, el fenómeno merece atención, no desde el alarmismo, sino desde la prevención y el cuidado de los datos personales. El mercado negro de la ciberdelincuencia hoy más que nunca tiene cosecha.
En muchos casos, quienes adquieren estos chips descubren que la línea no funciona, lo que confirma que han sido víctimas de un engaño. Se trata de un fraude común: se comercializa un producto que nunca podrá activarse. Sin embargo, el riesgo es mayor cuando el vendedor afirma que el chip ya está registrado a nombre del comprador. Ahí debe encenderse una alerta inmediata, porque alguien podría estar utilizando información personal sin autorización.
En días recientes, también se han denunciado vulneraciones a bases de datos que permiten este tipo de fraudes. Por eso, si alguien asegura que una línea ya está asociada a tu nombre, la pregunta central no es si el chip funcionará, sino de dónde provino esa información y con qué fines podría utilizarse.
Conocer los plazos de registro, de acuerdo con la fecha de adquisición del chip, es fundamental. Si lo adquiriste después del 9 de enero, el servicio no podrá utilizarse hasta que se complete el registro de la línea. Por ello, es recomendable acudir únicamente a tiendas convencionales para adquirir un chip. En estos establecimientos se cobra el costo correspondiente más la recarga inicial, y en algunos casos se asegura que la línea funcionará de inmediato; en otros, se solicita completar el registro en una plataforma digital, lo que evidencia que no existe una homologación clara en los procedimientos.
Lo único cierto es que existe un plazo hasta el 30 de junio para completar el registro sin que se interrumpa el servicio.
En este dictamen se especifica que están obligadas al registro todas las líneas con servicio de Internet, con excepción de los números asociados a una SIM sin acceso a Internet, es decir, aquellas destinadas únicamente a llamadas telefónicas, como ocurre con aparatos sin conexión a la red y sin capacidad para aplicaciones digitales. En pocas palabras, el registro aplica a los teléfonos inteligentes.
El gobierno federal ha aclarado que durante este proceso no se recaban ni almacenan datos biométricos. En el caso de los planes de telefonía, el registro puede realizarse de forma presencial o mediante una verificación, también conocida como “prueba de vida”, a través del teléfono móvil. Aun así, la opción más segura sigue siendo acudir directamente a un centro oficial.
Cualquier oferta de chips “ya registrados” o vendidos de manera informal debe asumirse como una señal de alerta, no solo por el riesgo económico de un fraude, sino por la posibilidad real de que se esté utilizando información personal sin consentimiento.
Si detectas que existe una línea asociada a tu nombre sin que tú la hayas registrado, no intentes usarla ni minimizar la situación. Lo correcto es acudir de inmediato al operador y solicitar una revisión formal.
Más que generar pánico, este escenario obliga a reforzar una idea básica: la prevención es hoy una responsabilidad compartida. No comprar fuera de canales oficiales, no compartir datos personales y verificar la información en fuentes confiables son medidas simples pero indispensables, en un entorno donde la tecnología avanza mucho más rápido que las garantías de protección.
Sigo insistiendo en que este padrón representa un alto riesgo si no se cuenta con las medidas de seguridad que la ley exige a los particulares y a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Esta autoridad debe asumir su responsabilidad y verificar que se esté cumpliendo con la ley. ¿Qué información llevamos hoy en el celular? Desde datos bancarios, ubicación por GPS, archivos de trabajo, hasta claves y contraseñas.
Recuerda: tu línea y tus datos personales son valiosos. Mantente alerta y realiza todos los registros de manera oficial para evitar fraudes y vulneraciones. Este es un tema que, sin duda, seguirá dando de qué hablar.
Por último, las propias compañías y el dictamen establecen que no se resguardarán datos biométricos ni fotografías. Entonces, ¿para qué solicitarlas? Hay muchas dudas y vacíos normativos evidentes. Aquí lo único cierto es que no existió una adecuada armonización entre el uso de la CURP biométrica, las leyes que se aprobaron y modificaron, y la derogación del marco anterior para crear una nueva Ley de Telecomunicaciones, así como para dar vida a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones. Por ello, es válido esperar hasta el 30 de junio para observar cómo se ajustan y coordinan estas disposiciones, antes de exponer innecesariamente los datos personales.



