- El diputado local propuso reformar y adicionar diversos artículos de la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas.
- Xerardo Ramírez Muñoz, expresó tal reforma permitirá el cierre de brechas entre mujeres y hombres.
Zacatecas, Zac.- Durante la sesión de este jueves, el diputado local del Partido del Trabajo (PT), Xerardo Ramírez Muñoz, presentó una iniciativa de decreto para reformar y adicionar diversos artículos de la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas para otorgar a los hombres la licencia de paternidad, con el objetivo de que en el ámbito laboral, se le otorgue a los hombres la licencia de paternidad.
El legislador expuso que de autorizarse tal propuesta, “sin duda se combaten los estereotipos de género que presumen que las mujeres deben ser las responsables directas de la crianza y cuidado de los hijos, imponiéndoles así cargas de trabajo no remunerado que durante años han constituido un obstáculo para su desarrollo económico y profesional”.
Agregó que con el fin de lograr una mayor igualdad sustantiva es importante mejorar los criterios en materia laboral entre hombres y mujeres, por lo que es imperativo modificar el marco legal en la materia para lograr una corresponsabilidad de las madres y padres trabajadores.
Actualmente, la Ley del Servicio Civil del Estado, contempla la posibilidad de otorgar licencias de otorgar licencias de paternidad a todos los padres trabajadores en ciertos casos particulares por hasta cinco días hábiles.
La iniciativa de decreto por medio de la cual, se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas, propuesta por el diputado local, Xerardo Ramírez Muñoz, al artículo 36 se reforma el primer párrafo y las fracciones I,II y III; estipulando que “las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley, sin que puedan establecerse diferencias por motivo de origen étnico, el género o su identidad, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales o el estado civil de las personas.
En el caso del artículo 54 Bis, se adiciona una fracción IV, señalado que “los padres trabajadores, tendrán derecho a días de descanso previa justificación en los casos siguientes:
- De hasta noventa días, cuando su esposa, concubina o pareja estable tenga un parto:
- De hasta cuarenta y cinco días, cuando su esposa, concubina o pareja estable tenga perdida natural del embrión o feto,
- De hasta treinta días, cuando algún familiar de hasta el segundo grado requiera de cuidados médicos; y
- De hasta sesenta días, cuando se trate de procesos de adopción.
La iniciativa fue turnada para su análisis y dictamen a la Comisión de la Función Pública y Planeación Democrática del Desarrollo.